El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ha condenado a España a indemnizar a una madre a la que en la sentencia de divorcio el Juzgado acordó una custodia compartida sin escuchar la opinión de las hijas menores de edad, que pidieron al Juzgado expresar su opinión.
Atendiendo que las sentencias de este Tribunal son aplicables directamente en España y crean jurisprudencia, a partir de ahora se refuerza la obligación de que en cualquier juicio en el que se traten temas que interesan a los menores de edad, como los juicios de divorcio , debe escucharse su opinión.